martes, 10 de octubre de 2017

INVESTIGACIÓN HEMEROGRÁFICA. (SCJN Invalida reducción de recursos a partidos políticos en Yucatán)

     La suprema corte de justicia de la nación (SCJN) invalidó una reforma a la ley electoral del estado de Yucatán que propone la reducción de recursos a los partidos políticos para destinarlos a una institución de asistencia privada.
     El legislativo local del Estado de Yucatán realizó una reforma en su Constitución Política y Ley Electoral proponiendo disminuir el financiamiento público de los partidos políticos durante los periodos no electorales y destinar los recursos ahorrados derivados de esa reforma a instituciones de asistencia privada 
      La Suprema Corte de Justicia de la Nación (Poder judicial) al resolver la acción de inconstitucionalidad 50/2017 invalidó dicha reforma, los ministros declararon que era inconstitucional ya que violentaba el Artículo 41 de la Constitución Federal en el que se establece que los recursos para los partidos políticos ya vienen etiquetados y no pueden ser destinados para otro rubro.
      En el Artículo 41, fracción II de la Constitución Federal se menciona cómo se destinan y dividen los recursos para los partidos políticos por lo que la reforma realizada a la Ley Electoral y Constitución Política del Estado de Yucatán es inconstitucional ya que no se puede destinar los recursos de los partidos políticos a otros rubros. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene primacía y supremacía sobre las constituciones estatales ya que no puede haber una ley estatal por encima de la Constitución Federal, por lo que la reforma realizada en la Constitución de Yucatán y su Ley Electoral  se vuelve inconstitucional al no ser compatible con el artículo 41 de la Constitución Federal.

REFERENCIAS

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN (2017). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Consultado el 04 de octubre en: 

Lastiri, Diana (2017), "SCJN invalida reducción de recursos a partidos en Yucatán" en "El universal", 29 de agosto, consultado el 10 de octubre de 2017 en http://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/scjn-invalida-reduccion-de-recursos-partidos-en-yucatan

Vela, David Saúl (2017), "En Yucatán no procede reducción a recursos de partidos: SCJN" en "EL financiero", 29 de agosto, consultado el 10 de octubre de 2017 en http://www.elfinanciero.com.mx/nacional/en-yucatan-no-procede-reduccion-a-recursos-de-partidos-scjn.html

3 comentarios:

  1. ES BUENO QUE SE REDUSCAN LOS GASTOS ALOS POLITICOS ASI COMO LE DEBEN REDUCIR EL SUELDO IGUAL AL IGUAL AY QUE TOMAR EN CUENTA QUE AY VARIOS QUE SECORROMPEN CON LA DELINCUENCIA

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  2. Por eso algunos partidos políticos propusieron la ley de austeridad donde se redujeran el salario los altos funcionarios de gobierno y las cámaras baja como los de la unión, al igual que disminuir la prerrogativas de los partidos políticos en tiempos de ejercicios y en años electorales . Pero de nada sirve que en un congreso voten para aprobar si seguirán desviando fondos a cuentas con presta-nombres.

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  3. ES BUENA LA INTENCIÓN PERO LOS PARTIDOS POLÍTICOS VAN A AMPARARSE SIEMPRE EN LO ESTIPULADO EN LA LEY FEDERAL

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